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El TSJ absuelve a un hombre juzgado por arrojar un vaso a la cara de otro en una discoteca

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior (TSJ) de Justicia de Castilla y León ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos, que absolvió a un hombre juzgado por arrojar a otro un vaso de cristal en una discoteca. La víctima perdió la visión de un ojo.

El Tribunal rechaza los recursos de la Fiscalía y del herido, y mantiene la sentencia de la Audiencia, que absolvió al acusado del delito de lesiones, al entender que existen dudas de la participación del acusado en los hechos juzgados.

Los hechos tenían lugar a las 05:00 de la madrugada del 1 de abril de 2018, en una discoteca de la calle Severo Ochoa de la capital burgalesa. Según se advierte en los antecedentes de la sentencia, una persona no identificada lanzó un vaso contra el denunciante que le estampó en la cara, provocándole múltiples cortes en la cara y en ambos ojos.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos absolvía al acusado al no haber pruebas suficientes para determinar su autoría del hecho denunciado. La Fiscalía y el herido interpusieron recurso de apelación, sin embargo el TSJ de Castilla y León mantiene la sentencia de la Audiencia Provincial, dando la razón al acusado.

En este sentido señala “la insuficiencia o la falta de racionalidad en la motivación fáctica, el apartamiento manifiesto de las máximas de experiencia o la omisión de todo razonamiento sobre alguna o algunas de las pruebas practicadas que pudieran tener relevancia o cuya nulidad haya sido improcedentemente declarada»

Además la sentencia también advierte de “declaraciones contradictorias y recíprocamente excluyentes ofrecidas por todos los testigos” a la hora de describir los hechos.

Contra esta sentencia cabe recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma, que podrán prepararse en esta misma Sala dentro de los cinco días siguientes al de su última notificación.

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